jueves, 22 de octubre de 2015

Acceso a la abogacía, problemas y dificultades para los jóvenes abogados.

El 31 de octubre de 2011 entró en vigor la ley que regula el acceso a las profesiones de abogado y procurador, esto implica que el que quiera ejercer como tal, tendrá  que realizar un curso extra de formación (Master de acceso a la Abogacía) de nueve meses de duración, unas prácticas obligatorias y un examen para demostrar los conocimientos el cual  hay que superar.
Todo ello no ha estado ni está exento de polémica ya que supone un gran cambio con el plan de estudios antiguo,  donde uno se matriculaba en la Licenciatura de Derecho, estudiaba cinco años con asignaturas anuales, pagaba la tasa, se colegiaba y ya podía ejercer.  A día de hoy por suerte o por desgracia la realidad es bien distinta para los que queramos ejercer, y todo ello ha traído consigo una serie de problemas o desventajas desde mi punto de vista. Para empezar la mayoría de los que están obligados a realizar el Máster y el famoso examen han obtenido Grado en Derecho al que muchos señalan de “más fácil”, lo cual no es verdad ya que en la mayoría de las facultades se imparte el mismo temario que en el sistema anterior pero en la mitad de tiempo, con lo cual supone una tarea “más difícil” para el alumno y el profesorado.
En segundo lugar, con respecto a la duración del nuevo sistema, aunque se haya recortado un año de carrera, para un graduado en derecho  poder colegiarse  y ejercer al final tienen que pasar dos años más desde que  obtuvo el título, en consecuencia nos colegiamos más tarde que los compañeros del sistema antiguo y por tanto se perdería un año de experiencia, que en mi opinión aunque solo sea un año, es un año que para el abogado que está empezando es fundamental  y además  es un modo de atrasar la entrada al mercado laboral de los estudiantes.
Otro de los problemas que plantea el Máster es su precio, ya que, en algunas universidades públicas puede llegar a superar los 5.000 euros, y en escuelas privadas llega a las cinco cifras. Es por eso que algunos compañeros que no pueden permitírselo optan por otras salidas como preparar oposiciones, o acceder directamente al mundo laboral.
Por otro lado, es verdad que España era el único país de Europa que no tenía regulado el acceso al ejercicio de la abogacía, por lo que cualquier licenciado europeo podía ejercer en España si se colegiaba, en cambio si un licenciado español quería  hacerlo en Alemania no podía, y entiendo que había que darle solución y regular cosas como estas pero la solución que se le ha dado, en mi opinión como afectada, tampoco ha sido la más adecuada del todo.
Por supuesto creo que es necesaria la pasantía o las prácticas para todo joven abogado, ya que la universidad no prepara letrados, sino a juristas, y cuando sales de la facultad no sabes hacer ni una demanda, ni un escrito de denuncia, ni redactar un contrato, porque nadie te lo ha enseñado. Con las prácticas y el máster aprendes todas estas cosas y además a tratar con los clientes, el funcionamiento de los juzgados, que es importantísimo para el ejercicio de la profesión y que en algún momento hay que aprenderlo. Pero si nos ponemos a compararnos con Europa hay que señalar el problema de la remuneración por ejemplo en Francia se paga la pasantía y muy bien. Esto ha creado una figura que no existe en España, la de oficial de despacho, que renuncia a ejercer la abogacía y continúa en el bufete. Es otros países de Europa pasa lo mismo. El inconveniente que supone esto es la dependencia laboral que genera.
En definitiva,  como todo cambio tiene sus cosas buenas y malas, pero se podrían haber hecho mejor  y  con más conocimiento de la situación real actual.

Carmen de Castro
Estudiante de Máster de Abogacía en Córdoba.

No hay comentarios:

Publicar un comentario